1. Valoradamos reclamación extrajudicial en el plazo de 24 horas con la finalidad de evitar la vía judicial
  2. Negociamos con la otra parte un calendario de pago del capital e intereses y redactamos el acuerdo
  3. Si no ha sido posible cobrar la deuda de forma amistosa, redactamos la demanda de ejecución de la sentencia de separación, divorcio o separación de pareja de hecho que haya dictado cualquier juzgado de España y Cataluña.
  4.  Valoradamos la petición de embargo de bienes para cobrar la pensión y reclamamos y calculamos las costas e intereses legales para que el reclamante no pierda un euro.
  5.  Si el impago es de 2 o más mensualidades consecutivas o 4 no consecutivas, redactamos la denuncia penal e intervenimos en todo el procedimiento penal hasta el dictado de sentencia firme. 

Con cita previa

  • Rambla de Catalunya, núm. 125 Barcelona (08008)
  • C. Nou, núm. 8 Girona (17001)
  • C. Baixada de les Espenyes, Núm. 6 Mataró (08301)
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